BANDIERE
aderisci

P E T I C I O N   E U R O P E A

POR LA VIDA Y LA DIGNIDAD DEL HOMBRE

Al presidente del Parlamento europeo
Al presidente de la Comisión europea
Al presidente del Consejo de ministros de la Unión europea
Al Secretario general del Consejo de Europa

Los suscribentes ciudadanos europeos,

Considerado

• Que “la dignidad humana, la libertad, la igualdad, la solidariedad y la justicia, constituyen el patrimonio espiritual y moral sobre el que està fundada la unión de los pueblos de Europa”, como proclama la Declaración de derechos fundamentales de la Unión.

• Que han pasado 60 años desde la Declaración Universal de los Derechos del Hombre cuya eficacia en pro de la libertad, de la justicia y la paz queda comprometida si no viene reconocido como titular de la dignidad y de los derechos, todo ser humano desde la concepción hasta la muerte natural.

• Que la Unión europea y el Consejo de Europa consideran como propia la función de promover los derechos humanos solemnemente proclamados en la “Carte de los derechos fundamentales de la Unión” así como en el “ Convenio europeo para la salvaguardia de los derechos humanos y las libertades fundamentales”.

• Que cada vez con más frecuencia se ha intentado e intenta interpretar en modo restrictivo el derecho a la vida negando su reconocimiento al ser humano concebido y aún no nacido.

• Que la definición de familia resulta incierta y equivoca si ésta no viene reconocida como “nucleo fundamental de la sociedad y del Estado” y, por lo tanto, fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer, y asímismo dotada del derecho-deber primario de educar a los hijos

Afirmamos

• El derecho a la vida de todo ser humano desde su concepción hasta la muerte natural

• Los derechos de la familia como nucleo fundamental de la sociedad y del Estado, fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer que tienen el derecho-deber de educar a los hijos

Pedimos

• que se adopten todas las iniciativas necesarias para que en la Carta de derechos fundamentales de la Unión (art. 2) y en los Tratados en trámite de revisión, así como en el “Convenio Europeo para la salvaguardia de los derechos humanos y las libertades fundamentales” (art. 2) y en la “Declaración Universal de los Derechos del Hombre” (art. 3), allí donde se reconozca el derecho a la vida de todo ser humano, se especifique que tal derecho debe ser reconocido desde la concepción.

• Que, quanto menos, cada decisión, recomendación, resolución, reglamento o directiva que aluda al derecho a la vida, se ajuste al principio de que tal derecho deve ser reconocido desde la concenpción.

• Que se suspenda la financiación pública a favor de la experimentación destructiva de los embriones humanos, como está sucediendo, por ejemplo, a causa del VII programa marco sobre experimentación de la Unión Europea.

• Que se reconozca como familia, a todos los efectos, la fundada en el matrimonio entre un hombre y una mujer y titular, con carácter prioritario, del derecho y del deber de decidir sobre la educación de los hijos.